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¿Qué provincias están bajo estado de excepción en Ecuador?

El estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa mediante el Decreto Ejecutivo 423 rige en varias provincias y cantones del país. Esta medida entró en vigencia el 16 de junio de 2026 y forma parte de las acciones extraordinarias contempladas en la Constitución para enfrentar una grave conmoción interna.

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Provincias con estado de excepción en Ecuador

El Decreto Ejecutivo 423 incluye a las siguientes provincias:

  • Guayas
  • Manabí
  • Santa Elena
  • Los Ríos
  • El Oro
  • Pichincha
  • Esmeraldas
  • Santo Domingo de los Tsáchilas
  • Sucumbíos
  • Azuay

Estas jurisdicciones permanecen bajo estado de excepción desde el 16 de junio de 2026.

Cantones que también forman parte de la medida

La declaratoria no solo comprende provincias. El decreto también incorpora tres cantones específicos:

  • La Maná, en Cotopaxi
  • Las Naves, en Bolívar
  • La Troncal, en Cañar

La medida aplica en estos territorios junto con las provincias señaladas en el decreto.

El estado de excepción también alcanza a las cárceles

El Decreto Ejecutivo 423 extiende la declaratoria a los centros de privación de libertad que forman parte del sistema penitenciario ecuatoriano. De esta manera, el alcance territorial del estado de excepción comprende diez provincias, tres cantones y los centros de privación de libertad del país.

Cuánto tiempo durará el estado de excepción

La Constitución establece una vigencia máxima inicial de 60 días para los estados de excepción. El conteo comenzó el 16 de junio de 2026 con la entrada en vigor del Decreto Ejecutivo 423. La normativa también permite una prórroga de hasta 30 días cuando persisten las causas que motivaron la declaratoria.

Por ahora, las diez provincias incluidas en la medida son Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay


Preguntas frecuentes sobre el estado de excepción

❓ ¿Qué provincias están bajo estado de excepción en Ecuador desde junio de 2026?

El estado de excepción decretado por Daniel Noboa rige en diez provincias: Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay.
La medida entró en vigencia el 16 de junio de 2026 mediante el Decreto Ejecutivo 423. Estas provincias forman parte de los territorios donde el Gobierno aplica acciones extraordinarias previstas en la Constitución para enfrentar una grave conmoción interna.

❓ ¿Qué cantones también fueron incluidos en el estado de excepción?

El decreto incorpora a los cantones La Maná, en Cotopaxi; Las Naves, en Bolívar; y La Troncal, en Cañar.
La declaratoria no se limita a provincias completas. El Gobierno también incluyó estos tres cantones específicos dentro del alcance territorial de la medida, junto con las provincias señaladas en el Decreto Ejecutivo 423.

❓ ¿Las cárceles de Ecuador forman parte del estado de excepción?

Sí. El estado de excepción también se aplica a los centros de privación de libertad del sistema penitenciario ecuatoriano.
El Decreto Ejecutivo 423 extiende la medida a las cárceles del país. De esta forma, el alcance territorial comprende diez provincias, tres cantones y los centros de privación de libertad administrados por el Estado.

❓ ¿Cuánto tiempo durará el estado de excepción decretado por Daniel Noboa?

La medida tiene una vigencia inicial de hasta 60 días, contados desde el 16 de junio de 2026.
La Constitución establece ese plazo máximo para los estados de excepción. Además, permite una prórroga adicional de hasta 30 días cuando persisten las causas que motivaron la declaratoria, siempre que el Ejecutivo la justifique.

❓ ¿Qué ocurrirá cuando finalice el estado de excepción en las provincias incluidas?

El estado de excepción terminará cuando concluya el plazo establecido en el decreto o cuando finalice una eventual prórroga autorizada por la Constitución.
La normativa constitucional fija límites temporales para estas medidas extraordinarias. Mientras permanezca vigente, las disposiciones contempladas en el Decreto Ejecutivo 423 continuarán aplicándose en las provincias, cantones y centros de privación de libertad incluidos en la declaratoria.