Radio Puntual FM Riobamba

Reforma al COIP, una amenaza que debe alertar

El reciente intento de reformar el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para reducir la edad de consentimiento sexual de 18 a 14 años en Ecuador debe generar una reflexión seria y profunda como sociedad. No solo por lo insostenible de la propuesta desde el punto de vista legal y ético, sino porque demuestra una alarmante falta de cuidado legislativo. Fue una propuesta presentada el 3 de julio de 2025 por el entonces asambleísta Santiago Díaz, ahora investigado por la supuesta violación de una niña de 12 años, según confirmó la Fiscalía General del Estado.

Tras la difusión del contenido, siete asambleístas de la bancada de la Revolución Ciudadana —Ledy Zúñiga, Franklin Samaniego, Roque Ordóñez, Diego Salas, Juan Pablo Molina, Eustaquio Tuala y Arisdely Parrales— anunciaron el 9 de julio el retiro de su firma del proyecto. Todos señalaron que respaldaban únicamente el endurecimiento de penas por femicidio y que los artículos sobre consentimiento sexual no fueron incluidos con transparencia ni su conocimiento.

Como afirmó Arisdely Parrales: “Estos artículos contravienen los derechos de niñas, niños y adolescentes”. Declaraciones similares se dieron en comunicados oficiales y redes sociales por parte del resto de los legisladores involucrados.

De haberse tramitado, esta reforma hubiera representado una gravísima vulneración de compromisos internacionales. Ecuador es signatario de tratados como la Convención sobre los Derechos del Niño, que establecen una protección especial para las personas menores de 18 años frente a cualquier forma de explotación o abuso sexual. Además, el artículo 171 del COIP establece que mantener relaciones sexuales con una persona menor de 14 años es violación, sin necesidad de que exista violencia o intimidación.

Reducir la edad de consentimiento sexual hubiera implicado también una regresión legal contraria al principio de progresividad de los derechos humanos, y hubiera expuesto a niñas, niños y adolescentes a contextos de vulnerabilidad, manipulación y violencia estructural.

Este caso evidencia una preocupación mayor: la liviandad con la que algunas bancadas políticas están presentando proyectos de ley que impactan directamente a grupos vulnerables, sin revisión técnica, sin transparencia y con nulo enfoque de derechos.

La Asamblea Nacional tiene una responsabilidad superior y no puede convertirse en un espacio donde se normalicen propuestas que naturalizan abusos o donde se busque imponer agendas personales bajo el pretexto de reformas legales.

Esta no es una discusión sobre moral, sino sobre derechos. Y también sobre los errores institucionales que pueden derivarse de la negligencia, la omisión y la falta de responsabilidad política. Proponer una norma que pone en riesgo a menores de edad —aunque haya sido retirada— no puede ni debe pasar como un simple episodio anecdótico. Debe encender todas las alertas posibles.

Más aún, si recordamos que el autor de la propuesta, Santiago Díaz, está siendo procesado por un delito que justamente se relaciona con el contenido que pretendía introducir al COIP. La justicia deberá determinar su responsabilidad, pero la Asamblea y la sociedad tienen que asegurar que episodios así no se repitan.

Este caso deja claro que no todo es reformable. Que no todo puede tramitarse sin consecuencias. Y que cuando se habla de infancia y adolescencia, el principio rector debe ser el interés superior del niño, no los cálculos políticos ni las agendas personales. Ojalá esta experiencia sirva para reforzar los filtros institucionales, recuperar el sentido común y recordar que los derechos de niñas, niños y adolescentes son intocables.